¿Se puede llegar a la paridad participativa?

 

Recuerdo haber leído que, en México en junio del 2019, entró en vigor la reforma hecha a la constitución donde se impulsaba la obligación para que todos los cargos de elección popular estén ocupados en igualdad de proporción por hombres y mujeres, ¿pero y en cuántos países se encuentra respaldada la paridad participativa por las leyes? Si lo pienso esto no debería ser una noticia, ya me parece increíble que se tenga que poner como ley para que se cumpla la igualdad, aunque aún en la práctica falto mucho, sin embargo, considero que sí que es importante cambiar las leyes para dar esta perspectiva de género pues estas fueron creadas, su gran mayoría, por hombres donde la visión y/o participación de las mujeres fue nula.

La participación de la mujer en procesos democráticos se acentúa en la CEDAW (Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer) Resolución de la Asamblea General del 2011 sobre participación política de mujeres.

El estudio realizado por el banco mundial denominado “Mujer, empres y el derecho 2019” concluye solo en 6 países: "Bélgica, Dinamarca, Francia, Letonia, Luxemburgo y Suecia, los hombres y mujeres somos completamente iguales, legalmente hablando, ya que estos países legislan protecciones que promueven la paridad de género, como el permiso parental y las leyes de igualdad salarial".

Según datos de la ONU para agosto de 2015, a nivel mundial en 37 estados donde las mujeres representaban menos de 10% del total de las y los parlamentarios en cámaras individuales o cámaras bajas, incluyendo 6 cámaras con ninguna mujer en absoluto. 160 países donde las mujeres no contribuyen a las decisiones políticas, pero si son afectadas por ellas.

Y en el 2018 solo el 24% de los representantes nacionales eran mujeres, pero también la representación en órganos como las alcaldías o los consejos locales están mal representadas. En un gran porcentaje los partidos políticos y las comisiones electorales carecen de garantía para que se articulen los intereses de las mujeres en cuanto a participación se refiere.

Este informe concluye que las mujeres tienen solo tres cuartas partes de los derechos que gozan los hombres mundialmente.

El ODS 5 tiene como objeto la igualdad de género, y de forma integran en todos los 17 objetivos se busca lograr la igualdad y el empoderamiento de las mujeres pero el avance es lento, se hace imprescindible llevar a cabo cambios estructurales para que las mujeres tengan una participación paritaria real y efectiva donde la toma de las decisiones, de este 50% de mujeres, se pueda ejercer sin ningún tipo de discriminación, ni violencia, si no, nos e avanzará mucho más allá, y quedará solo reflejado en le papel las intenciones.

 

CEDAW https://catedraunescodh.unam.mx/catedra/mujeres3/CEDAW2/index2b9e.html?option=com_content&view=article&id=1&Itemid=2

 Informe Mujer, empresa y derecho 2019. Banco Mundial. https://openknowledge.worldbank.org/bitstream/handle/10986/31327/WBL2019SP.pdf?sequence=11&isAllowed=y

ODS ONU https://www.unwomen.org/es/news/in-focus/women-and-the-sdgs/sdg-5-gender-equality

ONU MUJERES https://www.unwomen.org/es

Bienvenidos a las Naciones Unidas


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