CONCEPTUALIZACIÓN JUSTICIA SOCIAL Y SU RELACIÓN CON LA EDUCACIÓN SOCIAL

 

Mi aportación al foro de esta semana consiste en la reflexión acerca de un artículo que me ha parecido muy interesante de la RES (revista de Educación Social) titulado Justicia Social y Educación que presenta la trayectoria histórica del concepto de Justicia Social y su relación con la Educación Social.

Me gustaría en primer lugar destacar las similitudes acerca de las características claves de la justicia social y los rasgos que debe tener el perfil de unx buenx profesional de la educación social. Y esque la justicia social busca una forma justa y equitativa de vida en común que es a grosso modo lo que diferencia a la educación social del resto de disciplinas ya que pese a que ésta tiene un gran abanico de acción, lo que la diferencia principalmente del resto es la búsqueda de la potenciación de la socialización de todxs y cada unx de lxs ciudadanxs de una sociedad.

Antes de nada enfatizar la diferencia entre Rawls que sostiene la importancia del estado como medio que debe asegurar una redistribución justa de los bienes básicos teniendo en cuenta a lxs más pobres mientras que Sen y Nussbaum sostienen al estado como medio para el fomento de las distintas capacidades humanas.

Por ejemplo, puedes tener dinero pero vivir en una comunidad que no te permite hacer lo que quieras por lo cual no eres pobre pero tu vida sigue siendo injusta como en el caso de la pandemia que estamos viviendo, tenemos garantizados unos principios básicos o al menos se supone, sin embargo uno de ellos, la salud corre peligro. Por lo cual nuestra libertad que es tan importante para Sen está supeditada a las limitaciones de movimiento. Por lo que aunque seguimos teniendo los mismos bienes económicos, nuestras capacidades están limitadas.

Amartya Sen sostiene la importancia de la libertad destacando una lista de libertades instrumentales tales como garantías de trasparencia, seguridad protectora, oportunidades sociales… las cuales coinciden con objetivos de la educación social ya que se busca una educación basada en las diversidades de las redes sociales que consistiría en una sociedad que respete las diferencias entendidas como algo positivo que posibilita un mejor desarrollo para todxs; se garantiza la mediación social, cultural y educativa parcial y desinteresada; se realizan seguimientos de las capacidades personales para prevenir o erradicar situaciones de riesgo o exclusión social…

Nussbaum por su parte establece una lista de capacidades coincidiendo con un gran objetivo de la educación social que cosiste en velar por un desarrollo integral de las personas de las cuales destacaré algunas como: la salud entendida como física, sexual o reproductiva. Las emociones siendo clave para esta disciplina la educación emocional para aprender a reconocer, comprender y expresar nuestros diferentes sentimientos y estados de ánimo sin recurrir a la violencia ante el desconocimiento de como expresarse.

Asimismo, partiendo desde el punto de vista de Sen y Nussbaum los cuales dan importancia a la potenciación de las capacidades de las personas siendo la educación una capacidad esencial para lograr otros derechos y libertades, ya que erradica las enfermedades de la pobreza, odio, violencia, desinformación que tanto daño hacen. La capacidad de la educación crítica me parece clave ya que es la que permite que una sociedad no se manifieste en contra de niñxs desamparadxs cuyo único crimen ha sido cruzar el estrecho de Gibraltar en patera o debajo de camiones en la desesperada búsqueda de una vida mejor. Evita una sociedad que salga a las calles bajo el lema “San Blas será la tumba de los MENAS”. Es una sociedad que se respeta a sí misma, una sociedad con humanidad. Una educación que según Nussbaum debe ser compasiva y de reconocimiento al otrx que potencie el respeto.

Por último, destacar la importancia de trabajar colectivamente por la justicia social lo cual es uno de los retos de la educación social. Somos seres sociales por lo cual debemos erradicar y eliminar las injusticias y discriminaciones todxs juntxs en un proyecto en el que cada unx de nosotrxs ofrece su granito de arena a partir de las diferentes capacidades que tenemos cada unx.

 

Fuentes:

-          Montané, Alejandra. (2015, enero). Justicia Social y Educación. RES, 20, 92-113. Recuperado de:

https://eduso.net/res/revista/20/el-tema-colaboraciones/justicia-social-y-educacion#:~:text=La%20justicia%20social%20ha%20sido,concepto%20tradicional%20de%20justicia%20legal

 

-   Fernández de Sanmamed Santos, Alberto y López Zaguirre, Rafael. (2011, julio). Funciones de las educadoras y los educadores sociales en los Servicios Social Municipales. RES, 15, 1-3. Recuperado de: 

http://www.eduso.net/res//pdf/15/funmuni_res_15.pdf

-   Eslava Suanes, María Dolores; González López, Ignacio y de León Huertas, Carlota. (2017, enero). Definiendo las funciones profesionales del educador social. Aproximación competencial. RES, 24, 362-370. Recuperado de:

https://eduso.net/res/wp-content/uploads/documentos/962.pdf

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