Reflexiones alrededor de la paridad participativa y la representación política

Al leer el texto de Palacio (2010) sobre la propuesta de Nancy Fraser acerca de la paridad participativa y la representación política, comprendo que ambas son necesarias para avanzar en temas de justicia social pero que cada una por separado no necesariamente son acciones en pro de disminuir las desigualdades. Según entiendo cuando hablamos de paridad participativa hacemos referencia a que todo el conjunto de personas que conformen un colectivo en desventaja social participe en todas las esferas de la vida pública y la representación política está ligada a que ese mismo colectivo pueda elegir libremente a representantes que lleven su voz a la toma de decisiones que les afecten, que efectivamente se hayan definido los mecanismos para que estén representados dentro del sistema electoral (asignar cuotas en razón de género o pertenencia a alguna etnia); sin embargo no podemos caer en la simplicidad de imaginar o asumir que porque una mujer haya sido elegida o designada para un cargo público por solo el hecho de ser mujer representa los intereses del colectivo feminista o que sus propuestas sean reconocidas y debatidas. 

Como lo entiendo, es que la paridad participativa es un concepto más global, por ejemplo ONU Mujeres (2019) en el documento Atenea Colombia: La hora de la paridad; nos recuerda que “El derecho de las mujeres a participar no debe limitarse al derecho a votar y ser electas, sino a intervenir, libres de discriminación y violencia, en todos aquellos espacios donde se deliberan y deciden los asuntos públicos, desde los municipios hasta el Congreso, así como en el Poder Judicial, en los partidos políticos, en las organizaciones comunales, ciudadanas y sindicales, en la academia y en las empresas” (p9), este párrafo ejemplificaría para mi la paridad participativa de la que habla Fraser y como lo menciona Avendaño (2020) “la paridad participativa permitiría a quienes se reconocen como miembros de una sociedad participar y/o disentir de la misma, en cualquier arena discursiva o en la esfera pública política” (p 64) 

En este informe los autores identifican el índice de paridad política definido como “un instrumento que permite medir el ejercicio real de los derechos políticos de las mujeres en un país determinado y a un nivel comparativo regional” (Atenea, 2020) para el objetivo del informe el país de análisis es Colombia y al región comparativa es América Latina y el Caribe. 

Quiero destacar algunos puntos del informe que considero enriquecen la reflexión sobre paridad participativa y representación política.
Tabla Tomada del informe Atena Colombia: La hora de la paridad. 

Los puntajes están dados sobre 100 y muestran cómo en algunas dimensiones Colombia tiene mejores resultados como en los compromisos nacionales con la igualdad en la constitución y el marco legal (90/100) pero en ejercicio del derecho al sufragio (55.2 /100) esto solo por volver a reflexionar que aunque es importante que las leyes respaldan y explicitan la participación no es suficiente si el voto por ejemplo no puede ser realizado por las condiciones de desigualdad (violencia, difícil acceso a las zonas de votación) o si por ejemplo las mujeres en Colombia tienen de antemano grandes desventajas para participar en el mercado laboral “El 54,5% de quienes trabajan reciben menos de un salario mínimo ($737.000, equivalente aproximadamente a US$245), frente al 48,8% de los hombres. Así mismo, se observa que persisten enormes brechas salariales y que estas disminuyen cuando el nivel de escolaridad es mayor: mientras que las mujeres sin ningún nivel educativo ganan 44,6% menos que los hombres, las mujeres con niveles educativos superiores ganan 20,8% menos que estos” (ONU Mujeres, 2019, p25) un claro impedimento para la participación por parte de las mujeres en todas las esferas de la vida pública, creo que este caso muestra cómo en mi país seguimos avanzando por la construcción de una sociedad más justa pero que no podemos hablar por completo de paridad participativa si esta “es entonces la forma de una justicia desde y para la democracia que implica la definición de las situaciones de injusticia mediante procesos y procedimientos deliberativos en que todos/as y cada uno/a puedan ejercer su autonomía en la vida social, puedan transformar las condiciones de injusticia económica y de reconocimiento” Palacio, 2010, p65.

Aunque se desarrollen acciones afirmativas como leyes, adopción de acuerdos internacionales que abonen el terreno en términos de igualdad estas aunque importantes no alcanzan por sí solas a contrarrestar la situación de desigualdad en el mercado laboral, se necesitan de otro tipo de acciones, reflexiones y participación real de las mujeres para avanzar en este sentido y en todos los demás que nos competen para mejorar nuestra situación y sobre todo para que aquellas mujeres que están en una condición de desigualdad mayor puedan ser reconocidas y escuchadas.

Fuentes Utilizadas
Atenea. (2020)- ¿Qué es el índice de paridad política?. Disponible en https://ateneaesparidad.com/indice-de-paridad-politica/que-es-el-indice-de-paridad-politica/

Palacio, M. (2010). La paridad participativa en la obra de Nancy Fraser.  Aequalitas: Revista jurídica de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, ISSN 1575-3379, Nº 26, 2010, págs. 58-70

ONU Mujeres (2019). ATENEA: MECANISMO DE ACELERACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LAS MUJERES EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE COLOMBIA: LA HORA DE LA PARIDAD. Disponible en https://www.undp.org/content/dam/colombia/docs/Gobernabilidad/GENERO/Colombia_%20la%20hora%20de%20la%20paridad-%20Atenea%20Colombia%20Indice%20de%20Paridad%20Politica%20PNUD%20ONU%20MUJERES%20IDEA.pdf



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